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domingo, noviembre 18, 2007

Relator Especial para la Libertad de Expresión rechaza agresiones contra Globovisión y considera inadecuado el artículo 337 de la reforma

El relator para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Ignacio Álvarez ofreció declaraciones exclusivas a Globovisión para explicar la postura del organismo que representa con respecto a la situación real de la libertad de expresión en el país, el clima pre-electoral, las agresiones y amenazas que se ciernen sobre Globovisión y los medios independientes, las revocatorias de concesión, los delitos de desacato, el manejo de la publicidad oficial por parte del Gobierno Nacional y las implicaciones de la modificación del polémico artículo 337 de la Constitución, que permitiría suspender el derecho a la información en los estados de excepción.

TRANSCRIPCIÓN DE LA ENTREVISTA

PRIMERA PARTE

Juan Eleazar Figallo: Doctor Álvarez, gracias por atendernos. ¿Cuál es el más reciente análisis que hacen de la libertad de expresión en nuestro país?

Ignacio Álvarez: La relatoría hace un seguimiento de la libertad de expresión en la región y como parte de este monitoreo diario, seguimos la situación de la libertad de expresión en Venezuela. Con respecto a los acontecimientos más recientes, el tema que más nos preocupa en este momento es el clima que se está produciendo en el marco de las discusiones, de los debates públicos con respecto a la consulta relacionada con la reforma constitucional, pautada para celebrarse, en principio, para los primeros días de diciembre.



JEF: ¿Cómo define usted, doctor Álvarez, ese clima al que usted se refiere?

IA: Yo empezaría por rescatar que es fundamental en una democracia tener la tolerancia a la crítica, y la tolerancia y el total respaldo a la libertad de expresión. Esto incluye el respeto a aquellas ideas, aquellas informaciones, aquellas opiniones que perturban y que ofenden a los funcionarios públicos. En ese sentido es muy importante en el momento crucial que se está viviendo en Venezuela en este momento que haya un debate libre de ideas, que las personas que están a favor de la aprobación de esta reforma constitucional puedan tener pleno acceso a expresar su opinión sin ningún tipo de restricciones, sin ningún tipo de condicionamientos. Es importante que los estudiantes, los periodistas y cualquier otra persona que piense que no es la mejor opción para el país lo pueda también expresar de esa manera, de una forma democrática y libre, y sin ningún tipo de represalias al respecto.



JEF: Nosotros en Globovisión, doctor Álvarez, recibimos la visita de un grupo simpatizante del Gobierno Nacional en pasados días en la noche. Ellos, entre otras cosas, pintaron grafitis, consignas, en los perímetros que bordean los muros del canal. ¿Cómo se ve esta acción cuando incluso hay antecedentes de amenazas por parte de miembros del Ejecutivo Nacional, encabezados por el propio Presidente de la República y que se hacen reiterativas?

IA: Nosotros tenemos conocimiento de esa información que se produjo recientemente, pero quisiera, antes de responder a ese punto específico señalar que tanto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos como la Corte Interamericana de DDHH, y por supuesto la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, no es de ahora que vienen acompañando la situación de Globovisión en Venezuela, sino desde hace muchos años. Ya desde el año 2004, por ejemplo, hubo una resolución de la Corte Interamericana de DDHH, mediante la cual se dictaron medidas provisionales para la protección de los periodistas de Globovisión y para la protección también de la sede física del canal. Estas son medidas provisionales, dictadas por la Corte Interamericana, que se encuentran plenamente vigentes.

La Comisión Interamericana también a través de los años se ha pronunciado al respecto, inclusive en el año pasado se sometió a conocimiento de la Corte Interamericana de los DDHH el caso contencioso que tiene que ver con agresiones también a periodistas de Globovisión y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, a través de los años, ha venido también haciendo referencia a la situación.

Yo quisiera hacer un paréntesis ahí también para resaltar que luego del golpe de Estado del año 2002 la Comisión Interamericana de DDHH hizo un llamado a que hubiera un proceso de reflexión de los distintos canales de televisión en Venezuela con respecto al rol informativo que tuvieron en esos días cruciales para el país, pero en el marco de este monitoreo continuado que se hace, el hecho específico que usted me pregunta de que pinten unos grafitos tildando de fascistas a Globovisión, a sus directivos, a los periodistas, en un contexto normal pudiera encuadrarse como una manifestación de la libertad de expresión de un grupo de personas que considera fascistas a Globovisión, a sus periodistas y lo quiere expresar así pintando lo que pintan en la pared. A nosotros nos preocupa el contexto en el que se hace y la unión de unos hechos con otros. Sobre todo, en los últimos días ha habido una serie de declaraciones por parte de funcionarios públicos que invitan a la toma de la sede del canal Globovisión, y han instado a CONATEL a tomar acciones inmediatas, inclusive advirtiendo que si no se hace se van a tomar medidas de facto; entonces están las declaraciones del señor Presidente de la República el 4 de noviembre de 2007, instando a CONATEL a tomar medidas contra Globovisión y señalando que si no se atreve CONATEL, él mismo firmaría la respectiva decisión; así también ha habido declaraciones de representantes de la Federación Bolivariana de Estudiantes el 6 de noviembre, declaraciones de la diputada Iris Varela el 8 de noviembre en ese sentido. Dijo que si Globovisión continúa, el pueblo va a ir a tomar a Globovisión, se los advierto.

La presidenta de la Asamblea Nacional, Cilia Flores, también dio declaraciones el 8 de noviembre para que los estudiantes oficialistas denunciaran a Globovisión y a su directiva ante la Fiscalía General el 9 de noviembre pasado. Además el gobernador del Estado Miranda en el programa Dando y Dando que transmitió VTV el 13 de noviembre, también en la noche dijo que los periodistas y los directivos de Globovisión son fascistas, son terroristas, que desde ahí es donde se está dirigiendo la contrarrevolución y cualquier cosa que le pase al comandante Chávez va a ser culpa de Globovisión. En definitiva hay una serie de declaraciones tildando a los periodistas de Globovisión de golpistas, de conspiradores e indudablemente esto es una situación preocupante porque puede ser recibido, y con mucha razón, como una invitación a la autocensura, en relación con la difusión de informaciones de interés público.



JEF: Se ha dado el caso, doctor Álvarez, de amenazas con revocar la misma concesión de Globovisión.

IA: Ahí viene la importancia de la tolerancia a la crítica. La democracia implica debate de las ideas, se esté o no de acuerdo con estas ideas, de manera que en relación con las concesiones son una más de las maneras en las que un Estado puede, un Gobierno puede tratar de coartar la libertad de expresión a través de la toma de decisiones arbitrarias o a través de la amenaza de decisiones arbitrarias con relación a la línea informativa de un medio de comunicación. En ese sentido, la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, recientemente, con respecto al caso de Radio Caracas Televisión hizo pública su preocupación por la diferencia de tratamiento que se le dio a Venevisión, a Venezolana de Televisión y a Radio Caracas Televisión, que no tuvo una explicación razonable, no hubo ningún tipo de explicación con respecto a por qué a dos canales se les renovó la concesión y al otro no cuando a todos se les vencía el mismo día. Entonces, también preocupan las declaraciones con respecto a las cuales podría haber sido tomada en cuenta la línea informativa de RCTV al momento de adoptar esa decisión.



JEF: Doctor Álvarez, nosotros vamos a hacer una pausa en nuestra emisión informativa. Le pedimos que se mantenga con nosotros en línea. Tenemos algunas otras cosas que conversar con usted al regreso de los siguientes mensajes. Conversamos con el doctor Álvarez, el relator especial para l libertad de expresión de la Comisión Interamericana de los DDHH



SEGUNDA PARTE



JEF: Bien, continuamos conversando con el doctor Ignacio Álvarez, quien es el relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de DDHH, organismo de la OEA..

Doctor Álvarez, el Código Penal Venezolano consagra los llamados delitos de desacato. Recientemente han circulado amenazas de sancionar a medios y periodistas con base a estos delitos para cuestionar de esta manera, lo hacen los medios de comunicación, el desempeño de altos funcionarios públicos de la República. ¿Cómo ve el caso particular de Venezuela, esta serie de imputaciones que se pretenden hacer cuando un medio cuestiona el desempeño de un funcionario público?

IA:Yo empezaría por señalar que indudablemente hay disposiciones tanto del Código Penal de Venezuela como del Código Militar que son preocupantes y que constituyen restricciones a la libertad de expresión, por el mismo hecho de existir ya en el Código Penal. Te citaría por ejemplo, el artículo 132 del Código Penal de Venezuela, que viola las conductas típicas del delito de conspiración, que es aquel que se da cuando por funcionarios o por comunicaciones hechas en la prensa extranjera se difame al Presidente de la República o a los funcionarios diplomáticos o funcionarios de Venezuela en ejercicio de sus funciones. No hay muchos ejemplos de equiparar crítica a conspiración. Eso es un es un hecho preocupante porque eso de alguna manera pudiera derrotar el espíritu del legislador, que es que expresiones que pudieran llegar a ser difamatorias sean conspiración, cuando es totalmente diferente una cosa de la otra, en nuestra opinión.

Ahora bien, la Comisión Interamericana de DDHH y la Corte Interamericana de DDHH han establecido reiteradamente, en relación a casos de otros países del delito de desacato o el vilipendio como también se llama en Venezuela, por ejemplo, que es totalmente incompatible con el derecho a la libertad de expresión, contenido en la Comisión Interamericana sobre DDHH. Esas disposiciones contemplan una especial protección del honor y reputación tanto de funcionarios públicos como de instituciones públicas. Así el Código Penal reformado de Venezuela en el artículo 147 señala, por ejemplo que si se ofendiere de palabra o por escrito o de cualquier otra manera irrespetare al Presidente de la República o a quien esté ejerciendo sus funciones será castigado con prisión de 6 a 30 meses si la ofensa fuese grave y con la mitad de eso si fuera leve, y en caso de que la ofensa se haya hecho públicamente se aplique en un tercio la pena. Eso también se establece en los artículos 148 y 149 para otros funcionarios públicos también, como por ejemplo, para los magistrados del TSJ, el gobernador, los diputados, al alcalde metropolitano, a los rectores del CNE, al Defensor del Pueblo, al Procurador General, al Fiscal General , al Contralor, etc. Inclusive también el 149, con respecto al TSJ, el Consejo de Ministros. Esas disposiciones son contrarias a la Convención Americana de los DDHH y se pueden utilizar para coartar la libertad de expresión.

Además, el Código Orgánico de Justicia Militar también tiene disposiciones en ese sentido, inclusive hay en la práctica personas civiles que son investigadas en tribunales militares, lo cual contradice también la Convención Americana de los DDHH.

Por su parte las demás disposiciones del Código Penal como la difamación y la injuria también en el caso de los funcionarios públicos pueden ser utilizadas con los mimos fines de coartar la libertad de expresión, provocar autocensura y tener un impacto en este sentido. Por eso, la Convención Americana señala que en el caso de los funcionarios públicos la protección del honor y la reputación, que es muy importante y los funcionarios públicos tienen el derecho a la protección de su honor y reputación. Sin embargo, en esos casos debe ser protegido ese derecho a través de sanciones civiles y a través del derecho de rectificación o respuesta.



JEF: ¿Cuál es en este sentido la recomendación que hace la Relatoría que usted preside?

IA: La recomendación específica de nuestra Relatoría es que se derogue el delito de desacato de la legislación venezolana, tanto de la legislación penal como de la legislación militar específicamente y que se reformen los tipos penales de difamación, calumnia e injuria, de manera tal que cuando se trate de información de interés público no haya sanciones penales para la difusión de opiniones o información que pueda ser ofensiva a funcionarios públicos. Yo quisiera además destacar que esto no es nada más un asunto teórico, y que en la práctica la Relatoría Especial ha venido expresando preocupación por esta situación con los procesos penales que se han intentado,. Rápidamente pudiéramos recordar por ejemplo que en el año 2004, se hizo un proceso penal contra la periodista Patricia Poleo, luego hubo más adelante un proceso contra la periodista Ibéyise Pacheco, en el año 2005 también hubo una acusación contra la periodista Marianella Salazar- por presunta comisión del delito de calumnia contra Rangel y Cabello. También con respecto al desacato, procesos contra el abogado Pablo Sánchez, el general Usón, Napoleón Bravo. De manera que, estos son ejemplos de periodistas conocidos, pero nosotros tenemos una lista de los procesos penales iniciados contra periodistas por la difusión de asuntos de interés público que nos preocupa sobremanera.



JEF: Doctor Álvarez, le pedimos que se mantenga con nosotros en línea. Cumplimos con unos compromisos y en instantes regresamos con usted. Conversamos con el doctor Ignacio Álvarez, relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de los DDHH



TERCERA PARTE



JEF: Bien, continuamos conversando con el doctor Ignacio Álvarez, relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de los DDHH.

Doctor Álvarez, se ha visto que de parte del Estado venezolano se asigna, por ejemplo, en el caso de la publicidad oficial, ésta como premio o se quita como castigo a los distintos medios de comunicación. ¿Cuál debería ser el comportamiento del Estado venezolano ante manejos como estos o el caso de los amedrentamientos y las amenazas indirectas.

IA: La Relatoría Especial ha señalado también preocupación por la asignación discriminatoria de la publicidad oficial como premio o castigo a la línea editorial de los medios de información. Eso parte de la base de que los recursos públicos son del Estado y no del Gobierno, entonces los gobiernos no deberían utilizar la pauta publicitaria, los fondos públicos para los anuncios, de manera tal de premiar a los medios de comunicación que tengan una línea neutra, más bien complaciente, con las políticas oficiales, y discriminar a aquellos medios que puedan tener una línea contraria, independiente y crítica al Gobierno. Eso es un tema que en la región vemos con preocupación. Específicamente en Venezuela hemos hecho referencia a la situación de los diarios El Universal, El Nacional, Tal Cual y La Razón, y yo creo que uno de los ejemplos recientes, que podríamos analizarlo como un caso paradigmático de lo que ha pasado en Venezuela con la publicidad oficial es el caso del diario Correo del Caroní. Ha tenido una línea independiente. Es un diario respetado por toda la población en el Estado Bolívar y en otros estados de Venezuela. En los últimos tiempos ha venido siendo objeto de una persecución del gobernador del Estado que ha incluido tanto la amenaza de demolición de la sede del diario Correo del Caroní como últimamente el retiro de toda la publicidad oficial a este diario.

Solicitamos que haya criterios claros y transparentes y que se basen en otros elementos para asignar la publicidad oficial que no sea la línea de los medios.



JEF: Ahora, también esto se ha dado en los casos de los momentos para otorgar permisos y concesiones.

IA: Yo creo que es importante recordar que por ejemplo, en definitiva es lo fundamental acá que no se utilice el poder del Estado para primero castigar por la línea editorial de los medios. Yo quisiera recordar acá un caso que fue el cierre de Catia TV por parte de la Alcaldía de Caracas del año 2003. La Relatoría Especial expresó su preocupación al respecto. Este tema no sólo tiene que ver con el Gobierno Nacional sino con cualquier tipo de gobierno de cualquier tendencia política que tenga el poder en el momento. En el 2003, Catia TV era una estación de tv comunitaria, más bien simpatizante de las líneas oficiales, de la posición oficial y sin embargo fue cerrada por el alcalde.

Más recientemente hay indudablemente otros ejemplos que han tenido una mayor repercusión nacional e internacional con los cuales también hemos expresado preocupación. El más reciente fue el de Radio Caracas Televisión, donde de acuerdo al derecho internacional de los derechos humanos no existe un derecho a la renovación automática de las concesiones.



JEF: Doctor Álvarez, en la propuesta de reforma constitucional fue modificado el artículo 337, que ahora suspende el derecho a la información en estado de excepción. ¿Cual es su posición al respecto?

IA: Bien, quiero terminar rápidamente con la pregunta anterior para señalar simplemente que no se debe utilizar el poder del Estado para dejar de renovar una concesión o amenazar con dejar de renovar una concesión por la línea informativa del medio de comunicación. Eso constituye una restricción indirecta a la libertad de expresión. Ahora bien, pasando a tu pregunta sobre la reforma, Indudablemente voy a responder desde la perspectiva oficial como relator para la libertad de expresión, porque soy venezolano también y las opiniones que pueda tener sobre los temas que no son de mi incumbencia oficial creo que los debo expresar de otra manera, a través del voto, pero específicamente en lo que concierne a libertad de expresión, la Relatoría Especial ve como un retroceso lo establecido en el art. 337 en cuanto a que la libertad de información puede ser suspendida en casos de estados de excepción. Es un retroceso con respecto a lo que establece la Constitución actual, porque según la Constitución actual el derecho a la información no se puede suspender ni siquiera en estados de excepción, entonces la preocupación es por el retroceso en esta materia, y además también otra preocupación que hay con esta materia se refiere al artículo 338 con respecto a la posibilidad que se le otorga al Presidente de la República de decretar un estado de excepción ilimitado, sin que lo tenga que avalar el TSJ. Si unimos las dos cosas, tenemos que como está contenida la reforma, el Presidente de la República puede dictar un estado de excepción ilimitado y puede suspender durante ese estado de excepción el derecho a la información.

JEF: Bien, queremos agradecer al doctor Ignacio Álvarez, relator especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de los DDHH de la OEA, máxima autoridad hemisférica en materia de libertad de expresión.

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